Análisis de una patología social de etiología política y tratamiento judicial
Exponemos aquí un resumen e introducción del libro que se podrá
descargar libremente desde distintas webs.
En sucesivas
entradas iremos incluyendo algunos capítulos. El trabajo cuenta con la aportación de
diferentes compañeros que a través de sus blogs nos ofrecen la mejor anamnesis e
historia clínica de esta enfermedad social.
Juan F.
Jiménez
Una patología social de reciente conocimiento diagnóstico pero de inveterada presencia en nuestra sociedad es el Acoso psicológico en el trabajo, también denominado Mobbing, Acoso moral, laboral” o “institucional”: cuando el origen del mismo proviene de una institución del Estado.
Este fenómeno sociopatológico ya se encuentra regulado y
tipificado como delito en las Legislaciones de casi todos los países
del mundo.
En España, la Ley 5/2010, artículo 173, que incluye
el delito de Acoso laboral dentro del Código Penal, entró en vigor el
23 de diciembre de 2010.
Dicha ley establece también que la responsabilidad penal recae asimismo en las personas jurídicas (empresas, instituciones, etc.),
si no establecen los controles internos adecuados de prevención o los
empleados han cometido el delito por cuenta y nombre de la empresa (artículo 31 bis).
Se trata, sin duda, de un gran avance para el control de las
enfermedades sociales, patologías que representan verdaderas pandemias
de nuestro tiempo; por ello este reconocimiento legal significa, sin
duda, un paso importante para el progreso social.
En este trabajo incidiremos en una singularidad de acosos
laborales ya descritos por algunos expertos como el catedrático de
Psiquiatría Dr. González de Rivera: se trata del Acoso laboral institucional o también denominado simplemente “Acoso institucional”,
en el cual, el origen del mismo o la figura del acosador se halla más
diluida y despersonalizada por provenir de una estructura institucional
del Estado.
Pero igualmente se halla regulado y sujeto a la Ley, por tratarse de un ente institucional constituido por una estructura jerárquica basada en responsabilidades personales y por ello puede ser vía de expresión o medio de acción de conductas anómalas, generadoras de daños personales y sociales, en todo caso punibles legalmente
Nos enfocaremos singularmente en el Acoso institucional sobre los Médicos de Atención Primaria en España,
por significar este hecho uno de los factores que más influye en la
actual degradación del acto médico, lo que a su vez conlleva
inexorablemente la desvalorización de la salud, de la vida y, por
ende, de la propia dignidad humana.
Una realidad laboral que, por ejemplo, les obliga a atender
de forma continuada, y a menudo sin descanso, a un sinnúmero de
pacientes (a veces más de 60), disponiendo para ello de tiempos
infrahumanos (de 2 a 6 minutos por paciente), incluidos niños o
situaciones de urgencias vitales, lo que supone un constante riesgo
para la salud y la seguridad de la población, así como la del propio
médico, además de un atentado contra la dignidad humana.
A esta sobrecarga asistencial hay que sumar todo aquello que asimismo contamina o pervierte el propio acto médico, como
la hipertrofia burocrática absurda e inútil, todavía mas engrosada por
el manejo de dificultosos y disfuncionales programas informáticos, la
asignación de tareas de inferior cualificación (shunting)
o superior, en todo caso actividades extramédicas que impiden o
dificultan la propia labor clínica (como funciones de celador,
ordenanza, administrativo, enfermero, informático, inspector, etc.),
la destrucción de la necesaria jerarquía sanitaria basada en la
responsabilidad, y tantos otros signos aberrantes que conforman y
confirman la actual degradación del acto médico.
Las más de 450 agresiones a médicos al año (denunciadas) serían otro signo externo de esta patología social.
PATOGENIA
Mecanismos a través de los que se ejerce el mobbing laboral.
Por su significado y trascendencia exponemos aquí, los parámetros estandarizados y aceptados internacionalmente para la medición del acoso laboral.
Y ello porque, al igual que en las enfermedades personales, también aquí, el hecho más significativo y
determinante seria llegar a su diagnóstico y asumirlo como proceso
patológico -ello incluye reconerse también como pacientes sociales-, siendo este tal vez, el primer paso para poder establecer un tratamiento eficaz y una estrategia social preventiva.
Observando los parametros establecidos, vemos que en la
actual situación sociolaboral de los médicos de ap. se podrían estar cumpliendo mas
del 90 por ciento de los mismos.
Tal vez existan
pocos procesos clínicos o judiciales que cuenten con tantos elementos positivos diagnósticos y probatorios, con la
singularidad añadida de que, en este caso “todo
es demostrable porque todo esta registrado”.
Por ejemplo esta
registrado que al medico de ap. se le asignan 1, 2 e incluso a veces 3 pacientes
para ser atendidos todos durante 6 minutos (con el consiguiente riesgo para la salud y seguridad publica), también la asignación de funciones
que no corresponden a su cualificación y responsabilidad como tareas administrativas, de celador y ordenanza de salas de espera, de pasante y ordenanza de toda la
burocracia generada en residencias de ancianos haciéndose responsable legal de las
indicaciones de otros médicos y sobre pacientes que no conoce, todo
ello bajo coacción.
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Recetas para una "Residencia". * |
Esta registrado así mismo
que el médico debe hacer a menudo mas de 150 "clicks" por cada paciente, solo para
manejar los protocolos informáticos, mas
la impresión y cumplimentación de cientos de
formularios lo que requiere de un tiempo necesario de al menos 20 minutos por cada paciente (solo
para manejar con un mínimo de seguridad el sistema informático) , etc... Y así se podría decir de casi todos los puntos señalados en la tabla 1.
Tabla 1
Mecanismos a través de los que se ejerce el mobbing laboral. (Escala LIPT de Heinz Leymann, validada y reconocida internacionalmente)
1- Manipulación del trabajo del hostigado
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- Asignación de sobrecarga de trabajo.
- Asignación de trabajos innecesarios, monótonos o rutinarios. Asignar tareas absurdas o sin sentido
- Asignación de tareas de cualificación inferior a la de la víctima (shunting = Asignar a una persona tareas muy por debajo de su formación/capacidad con objeto de disminuir su autoestima); O de superior cualificación.
- Asignación de demandas contradictorias o excluyentes
- Asignación de demandas contrarias a la moralidad del hostigado.
- Negación de la asignación de tareas.
Asignar a una persona objetivos imposibles de conseguir.
- O asignar tareas con la intención de humillar)
- Negación de medios de trabajo (con medios o instrumentos imposibles de controlar con seguridad)
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2- Manipulación de las contraprestaciones laborales |
- Discriminación en el salario, en los turnos, jornada o en otros derechos.
- Discriminación en el respeto, el rango o el protocolo.
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3- Manipulación de la comunicacion del hostigado |
- Negación de la información
concerniente al puesto de trabajo, como las funciones y
responsabilidades, los métodos de trabajo: la cantidad, calidad y
plazos del trabajo a realizar.
- Comunicación hostil explícita, con críticas y amenazas públicas.
- Comunicación hostil implícita, como la negación de la palabra o el saludo.
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4- Manipulación de la reputación
del hostigado |
- Realización de comentarios
injuriosos, con ridiculizaciones públicas, relativas al aspecto
físico o las ideas o convicciones políticas o religiosas.
- Realización de críticas sobre la profesionalidad del hostigado.
- Acoso sexual del hostigado.
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5- Poner en peligro la salud o integridad fisica o psiquica del hostigado |
- PONER, A SABIENDAS, EN PELIGRO SU SALUD O INTEGRIDAD FISICA Y PSIQUICA.
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En el libro analizaremos con detalle "como y en que grado" se manifiestan cada uno de estos parámetros, en la actual labor del Medico de Ap.
Resulta claro que el punto 5 es el de mayor trascendencia por sus connotaciones personales, sociales y legales.
Aunque no existen estudios sobre la morbimortalidad de los médicos de ap., es evidente la correlación existente con algunas patologías como por ejemplo: la alta tasa de accidentes isquémicos tanto cerebrales como cardiacos, asi como otras patologías físicas y psiquicas.
De hecho hay que admitir la triste y lacerante realidad, de que hoy en España, se hace dificil y casi imposible ejercer como Medico de cabecera a partir de 55-60 años, debido a las condiciones sociolaborales infrahumanas y sobre todo a las funciones extramedicas que debe asumir en su trabajo.
(Al contrario de lo que ocurre en el resto del planeta, donde esa etapa profesional resulta la mas fecunda personal y socialmente -con la excepción de Cuba-, de donde esta inspirado el actual modelos sanitario español).
EL ACOSO INSTITUCIONAL A LOS MÉDICOS DE AP. Descripción general.
Aunque existen multitud de definiciones del Mobbing o Acoso laboral,
dado el polimorfismo de esta patología social, expondremos las más
significativas, tratando de realizar un análisis descriptivo de las
mismas, desde una óptica fundamentalmente clínica, puesto que pensamos
que es a otros a quienes corresponde interpretarlo desde un punto de
vista legal o punible.
Pero sí detallaremos explícitamente los artículos de la Ley que
sirven para definir esta patología social como delito, así como cuáles
de ellos podrían estar siendo vulnerados en la actual situación
sociolaboral de los médicos de Atención Primaria, con objeto de servir
de conocimiento a estos trabajadores (tal vez el colectivo más
maltratado laboralmente dentro del inmaduro o patológico sistema
democrático español) y para que sepan que disponen de un instrumento de
defensa legal, eficaz y accesible que puede servir para romper la
cronicidad de una situación que se aparece como “incurable”.
Se trata, en nuestra opinión, de un sector laboral, el de
los médicos de Atención Primaria, que contempla con impotencia y desesperación
cómo es explotado y manipulado reiteradamente por parte del poder político,
dada su consustancial vocación de servicio y donación personal*.
*Cerca del 90% de médicos de Atención Primaria en
España está altamente desmotivado, según el informe SEMERGEN (1- 2012).
Describiremos esta enfermedad social primero de manera general, para más adelante hacerlo de forma pormenorizada, con la intención de que pueda servir para conocer, reconocer y reconocerse también como víctimas, puesto que creemos que,
como en todas las enfermedades -tanto personales como sociales-, el
hecho más significativo y determinante es llegar a su diagnóstico y
asumirlo como proceso patológico, siendo este el primer paso para poder establecer un tratamiento eficaz y una estrategia social preventiva.
Y ello es más importante, dado que su incidencia en la salud
física y psíquica de los pacientes o víctimas es evidente y está
suficientemente probado, a la vista de los numerosos estudios
realizados en todo el mundo sobre neurosis experimentales, como los
descritos por la Dra. María Dolores Peris, Catedrática de Sociología:
“Es un concepto en el que hay que insistir no solo porque
es la tendencia más actual de esta línea de investigación, sino porque
confiere otro significado al acoso laboral, en tanto que lo
que está provocando es una directa pérdida de la salud y de la calidad,
probablemente también de la esperanza de vida de los trabajadores y ese efecto sí está contemplado en el código penal”.
A la vista de la actual situación laboral del Médico de Atención Primaria en España, creemos que es hora de ir llamando a las cosas por su nombre: “Mobbing o Acoso institucional”, y actuando en consecuencia mediante una respuesta judicial, quizás la única posible y eficaz, hoy en día.
Se trata tal vez de un deber social y un compromiso más, no
solo con nosotros, también con nuestros hijos y con todos aquellos
compañeros que, dejándose su salud y su vida, se han quedado en el
camino.