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domingo, 16 de septiembre de 2018

¿Es legal obligar a médicos de familia y pacientes, que estos confiesen la categoría y puesto de trabajo, para obtener su baja?



La pregunta surge a raíz de la nueva normativa de tramitación de bajas laborales de la CAM, y de una información que sugirió un paciente abogado, días pasados, indicando que a su juicio, se trataba de una clara ilegalidad que atentaria contra la actual Ley de protección de datos, así como a  la intimidad del paciente.

En una palabra: Ni el medico tiene por qué preguntar específicamente cuál es la categoría o el puesto laboral de un paciente y menos aún con finalidad administrativa,  así como éste tiene todo el derecho del mundo a no aportar esa información. (Recordemos que hasta se retiró el dato de profesión del DNI, por atentar contra la intimidad del ciudadano)
Se entiende que el médico puede solicitar información –siempre de forma indirecta, delicada y voluntariosa-  con finalidad clínica, pero nunca administrativa o con otros intereses.

Ni que decir tiene que esa información personal y administrativa puede ser muy valiosa, incluso económicamente, para cualquier Agencia de datos. Parece que una vez más se utiliza al médico de familia para intereses espurios. Y parece también que una  vez más se coloca al médico de familia dentro de otra ilegalidad que  conlleva chantaje emocional y laboral *(1). 

Como es de suponer, el nuevo programa informático de gestión de bajas laborales, lleva el  inconfundible  componente sádico habitual, dirigido hacia los médicos de atención primaria *(2)  dado que es de sobra conocido por los programadores, que el tiempo disponible del médico para atender a cada paciente, es de menos de 6 minutos, y solo este tramite puede requerir mas de 15 minutos.

 Por ejemplo, si el paciente es carpintero, para la tramitación de su baja laboral no se puede escribir “carpintero” sino que en el programa informatico se abren diferentes ventanas emergentes cada una con distintas escalas de categorías profesionales,  y hay que mirar una por una -a veces más de 200-  hasta hallar la que más se ajusta, de tal forma que al final puede aparecer como la más aproximada ¨operador de productos vegetales”. Si el caso fuera de "fresador de pollos" seria mas complicado, ¨tal vez imposible darle la baja¨.

Y es que aunque todos los trabajos son iguales en dignidad, pero hay que admitir que haya pacientes que por razones personales, no tienen, quieren o pueden, confesar explícitamente su puesto de trabajo, pues no es lo mismo informar genéricamente de la empresa, recordamos el caso de un agente del CNI (antes solo bastaría Ministerio del interior),  un basurero (antes solo Ayuntamiento),  etc. 
 Tanto si el medico tramita la baja o no, en cualquier caso podría obrar en la ilegalidad: bien por la forma de obtener información (Ley de protección de datos, intimidad), o  si no se especifica correctamente el puesto de trabajo, (falsificación de documento público).

Confiemos que algúna organizacion representativa de los médicos tome en consideración esta presunta vulneración de los derechos laborales de los medicos, antes de que algún paciente se adelante en la preservación de los suyos.


*(1) -  Al igual que otras como la gestión de residencias de ancianos obligándole a asumir la responsabilidad y tramitación de órdenes  y tratamientos de otros médicos ya sea  de residencias, hospitales, etc...   
Así mismo claramente ilegal es obligarle a atender a más de 40 o 60 pacientes (uno o tres pacientes cada 6 minutos, y cada uno con varios motivos de consulta)  por claro atentado contra la salud publica así como contra  las actuales leyes  de protección de salud laboral en este caso  del propio medico.


*(2)-  Al igual que para hacer por ejemplo una receta de paracetamol, obliga a dar más de 30 clics sobre diferentes casillas,  así como leer más de 20 ventanas emergentes,  más las correspondientes notas de teclado al abrir cada nuevo episodio clínico que lo justifique.

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